Mediante la Orden JUS/2831/2015, de 17 de diciembre, se ha publicado el FORMULARIO para solicitar el Acuerdo extrajudicial de pagos, previsto en el artículo 232.2 de la Ley Concursal, que ha entrado en vigor el pasado 18 de enero de 2016, para facilitar el acceso al procedimiento y dar mayor seguridad jurídica.
La información que se habrá de proporcionar es la siguiente:
1º/ Identificación del solicitante, ya sea persona natural o jurídica, y de todo lo que se refiere a su situación personal, familiar y laboral o profesional. Se ha de acompañar la acreditación de que concurren las condiciones que permiten iniciar el procedimiento.
2º/ Inventario de sus bienes y derechos, incluyendo la totalidad de su patrimonio.
3º/ Lista de acreedores, que permitirá tanto conocer la entidad de cada uno de ellos al objeto de evaluar su impacto en el conjunto de la deuda.
Esta información permitirá un tratamiento más adecuado de la situación de insolvencia de que se trate, favoreciendo la consecución de los acuerdos extrajudiciales de pago
La solicitud de iniciación del procedimiento para alcanzar un acuerdo extrajudicial de pagos, así como los trámites notariales o registrales previstos en el artículo 233 LC para el nombramiento del mediador concursal, no conllevarán coste alguno para las personas naturales no empresarios.
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