El Fondo de Garantía Salarial dispone de TRES MESES para estimar o denegar las prestaciones solicitadas. Si en ese plazo no ha contestado, opera el silencio positivo, es decir, se entiende estimada la solicitud de no mediar resolución en dicho plazo.
Si tiene reclamaciones pendientes (por ejemplo de 8 días año por pago directo en empresas de menos de 25 trabajadores, por aplicación de la normativa anterior), y se deniegan por el FOGASA transcurridos más de tres meses, puede impugnar la resolución en base al silencio positivo operado.
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